¿Se pueden eludir las sanciones demostrando desconocimiento?
En materia aduanera, se considera en Francia que el poseedor de las mercancías, incluso de forma ocasional, es responsable penalmente (artículo L.522-3 del Código de Aduanas).
Se trata de una presunción que se considera prácticamente irrefutable, ya que resulta muy difícil, si no imposible, refutarla.
De hecho, esta presunción solo puede refutarse si el interesado aporta pruebas de su buena fe.
Sin embargo, el concepto de buena fe es jurídicamente distinto del sentido común del término.
No basta con alegar que se ha cometido un simple error.
En este sentido, no es posible, por tanto, eludir las sanciones demostrando su desconocimiento.
La jurisprudencia considera que es necesario demostrar que se ha actuado con una mayor diligencia, es decir, que se han llevado a cabo todas las diligencias necesarias para asegurarse de la naturaleza y las cantidades de las mercancías transportadas.
Esto rara vez se da en los casos concretos. Por lo tanto, resulta extremadamente difícil alegar la buena fe en materia aduanera para eludir las sanciones en Francia.
En cambio, si se trata de la primera vez, no hay antecedentes y las cantidades no son tan elevadas, será posible llegar a un acuerdo con la administración aduanera. Esto permitirá evitar un proceso penal a cambio del pago de los derechos e impuestos aduaneros que se hayan eludido.
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