Al día de hoy, la legislación francesa no prevé que un menor pueda ser juzgado mediante el procedimiento de comparecencia inmediata.
No obstante, el legislador ha intentado crear un procedimiento específico para los menores de dieciséis años, de modo que puedan ser juzgados en una única audiencia de comparecencia inmediata en determinadas condiciones.
En un principio, la ley n.º 2025-568, de 23 de junio de 2025, destinada a reforzar la autoridad de la justicia con respecto a los menores delincuentes y sus padres, había introducido un nuevo artículo L. 423-5-1 en el Código de Justicia Penal de Menores con el fin de prever que los menores de al menos dieciséis años pudieran ser juzgados en una única audiencia de comparecencia inmediata, en determinadas condiciones.
Sin embargo, estas disposiciones fueron censuradas por el Consejo Constitucional.
En virtud de una decisión de 19 de junio de 2025 (Decisión n.º 2025-886 DC de 19 de junio de 2025), el Consejo constitucional francés considero que estas disposiciones eran contrarias a los requisitos del principio fundamental reconocido por las leyes de la República en materia de justicia juvenil.
Así, recordaron que la atenuación de la responsabilidad penal de los menores en función de la edad, así como la necesidad de buscar la rehabilitación educativa y moral de los menores delincuentes mediante medidas adaptadas a su edad y personalidad, dictadas por un tribunal especializado o según procedimientos adecuados, han sido reconocidas constantemente por las leyes de la República desde principios del siglo XX.
* *
*
Si desea obtener más información, no dude en ponerse en contacto con el bufete de la abogada Anna Caresche, por teléfono o por correo electrónico a través de la sección contacto.
Su abogado estará encantado de responder a todas sus preguntas.
La abogada Anna Caresche le asesorará en París y en toda Francia.